Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 622
Clave: I-TS-605
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS:Arts. 50 Frac. VI y 51 frac. VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta; art. 36 del Código de Comercio; art. 55 frac. IV de la Ley de Justicia Fiscal y 50 frac. II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1937 00:00
No tienen éste carácter las omisiones, ya que dado los términos del art. 36 del Código de Comercio sólo existen alteraciones cuando después de haberse hecho un asiento con una redacción o contenido determinado, se substituye por otro diverso, o cuando sin seguir el orden progresivo de fechas y operaciones que la Ley exige, se intercala un asiento en un lugar que no le hubiere correspondido, de haberse seguido el citado orden.
Expediente Número 3632 de 1937. Alejandro González Vs. Oficina Federal de Hacienda en Linares, N.L. México, D.F., Junio l0 de l937. Resolución definitiva de la 2a. Sala.(Análoga a la tesis sustentada en la resolución recaída al juicio número 149/937 de Gómez Hermanos Sucesores Vs.
Juntas Calificadora del Impuesto sobre la Renta en el D.F., de 4 de marzo de 1937).
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Junio 1937. p. 1736