Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 627
Clave: I-TS-610
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 83 del Reglamento de la Ley General del Timbre; arts. 38 y 39 del Código de Comercio y 2o. de la Ley General del Timbre.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1937 00:00
No es obligatorio anotar en el mismo como primer partida el importe del capital, ya que el art.
83 del Reglamento de la Ley General del Timbre, que establece la obligación de anotar los asientos de la contabilidad, se refiere a los de las operaciones, y es indudable que no tiene este carácter el capital inicial.
Expediente Número 5972 de 1931. Reynaldo Herrera Vs. Oficina Federal de Hacienda en Zamora, Mich. México, D.F., junio l0 de 1937. Resolución definitiva de la 2a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Junio 1937. p. 1747