Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 692
Clave: I-TS-675
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Arts. 272 frac. I de la Ley General del Timbre de 1º. de junio de 1906 y 161 frac. I de la vigente.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 17/06/1937 00:00
TIMBRADOS DEBIDAMENTE.
Incurre en ella el funcionario o empleado que por razón de su encargo deba examinar si están legalizados los documentos, aun cuando no sean los que autorice el trámite de la resolución respectiva, y por lo que tanto ellos son los responsables de la misma.
Expediente Número 1748/937. Manuel Sánchez Mendoza Vs. Oficina Federal de Hacienda en Mexicali, B.C. México D.F., junio 17 de 1937. Resolución definitiva de la 3ª Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Junio 1937. p. 1936