Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 723
Clave: I-TS-706
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Fracs. I y II del art. 18 de la Ley del Impuesto sobre Herencias y Legados de 25 de agosto de 1926 y art. 2º. del Decreto de 18 de julio de 1934.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 21/06/1937 00:00
SUCESIONES CON CAUDALES MENORES DE MIL PESOS.
En virtud del Decreto de 18 de julio de 1934 no le son aplicables las prevenciones del art. 18 de la Ley de Herencia y Legados, por lo que si los interesados no exhiben los documentos respectivos, la obligación de integrar los expedientes queda a cargo de los representantes de la Hacienda Pública. Expediente Número 260/937. Graciliana Echeverría Martínez Vs. Oficina Federal de Hacienda en Mérida, Yuc. México, D.F., junio 21 de 1937. Resolución definitiva de la 5ª. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Junio 1937. p. 2021