Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 739
Clave: I-TS-722
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA :Art. 33 de la Ley de Justicia Fiscal.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 22/06/1937 00:00
TÉRMINO PARA INTERPONER DEMANDA ANTE EL TRIBUNAL FISCAL.
Comienza a contarse desde el día siguiente en que se comunica la resolución respectiva al interesado, sin que sean aplicables las disposiciones de la Ley que se refiere a las notificaciones de las resoluciones del propio Tribunal, respecto de las cuales es necesario que surta efecto la notificación respectiva. Expediente Número 7465/937. Carlos Hering y Compañía Vs. Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., junio 22 de 1937. Resolución al recurso de reclamación dictado por la 5ª Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Junio 1937. p. 2063