Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 786
Clave: I-TS-769
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Decreto de 19 de abril de 1937 y art. 14 frac. y de la Ley de Justicia Fiscal.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 28/06/1937 00:00
OFICINAS FEDERALES DE HACIENDA.
Las multas que impongan por cantidad menores de cien pesos a partir de la vigencia del Decreto de 19 de abril de 1937 deben recurrirse ante la Secretaría de Hacienda, por lo que si no se acude a ella deberán desecharse la demanda planteada ante el Tribunal, ya que se trata de resoluciones que no admiten recursos administrativos. Expediente Número 8170/937. Lino Pardueles Vs. Oficina Federal de Hacienda Número 3. México, D.F., junio 28 de 1937. Resolución al recurso de reclamación dictada por la 5ª. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Junio 1937. p. 2190