Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 808
Clave: I-TS-791
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 30/06/1937 00:00
ARTÍCULO 35 DE LA LEY DE ALCOHOLES VIGENTE.
No pueden entenderse en el sentido de que afecta a las personas que no han intervenido conscientemente en el destino de la finca para fábrica de alcohol, ya que, tal cosa supondría el establecimiento de una pena trascendental, que por estar prohibida por el art. 22 constitucional, no podría aplicarse. Expediente Número 6131/937. Ignacio y Ana María Villalobos contra Oficina de Impuestos sobre Bebidas Alcohólicas, dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y Oficina Federal de Hacienda en Guadalajara, Jal. México, D.F., junio 30 de 1937. Resolución definitiva de la 1ª. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Junio 1937. p. 2229