Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 812
Clave: I-TS-795
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Arts. 80 frac. III de la Ley General del Timbre y 43 de su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 30/06/1937 00:00
Por tales deben entenderse para los efectos de la Ley General del Timbre aquéllos en que los recibos están foliados en los términos del art. 43 del Reglamento de la Ley General del Timbre, y que se emplean adhiriéndolo las matrices a los documentos que se entregan y los talones a los contra recibos que quedan constituyendo el libro referido.
Expediente Número 6987/937. Indalecio Sánchez Gavito Vs. Oficina Federal de Hacienda Número Tres. México, D.F., junio 30 de 1937. Resolución definitiva de la Segunda Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Junio 1937. p. 2247