Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 382835
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1886 00:00
HUELGAS, REQUISITOS DE LAS.

Si se encuentran llenados todos los requisitos a que se contrae el artículo 269 de la Ley Federal del Trabajo, la Junta de Conciliación y Arbitraje debe reconocer que existe el estado de huelga.

Amparo en revisión en materia de trabajo 1886/35. Sindicato de Obreros de la Huasteca Petroleun Company. 20 de septiembre de l935. Mayoría de tres votos. Ausente: Octavio M. Trigo. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Relator: Salomón González Blanco.