Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 382934
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 08/04/1935 00:00
TERCEROS EXTRAÑOS AL CONFLICTO DE TRABAJO, SUSPENSION PROCEDENTE CONTRA EL EMBARGO DE SUS BIENES.

Si de autos no consta que un embargo practicado en la ejecución de un laudo dictado por una Junta de Conciliación y Arbitraje, se ordene para pagar alguna indemnización o cobrar los últimos tres meses de salarios, ni el laudo se dicta en contra del quejoso, en cuyo poder estaban los bienes embargados, sino contra otra persona, ni se ha comprobado que relación pueda haber entre los bienes del demandado y los del quejoso, procede conceder la suspensión en cuanto a los efectos ulteriores del embargo, pues los perjuicios que a aquél se seguirán, serían de difícil reparación y los que puedan causarse a terceros, son reparables mediante fianza.

Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 5289/33. Nolte Frank. 8 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.