Si el acto reclamado consiste en la negativa de una Junta de Conciliación, para recibir pruebas, no procede conceder la suspensión, por tratarse de un acto negativo, debiendo además tenerse en cuenta, que con un acto de esta naturaleza no se causan daños irreparables al quejoso, ya que éste puede reclamar la violación del procedimiento en la vía de amparo.
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 1352/34. "Cervecería de Sonora, S. A. ". 8 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Vicente Santos Guajardo.