La Ley Federal del Trabajo, excluye la responsabilidad del patrono, cuando en el accidente sufrido por un trabajador, concurre una circunstancia de fuerza mayor, y con mayor razón, si las actividades del trabajador se encontraron fuera del control del patrono, y más aún, si esas actividades pueden reputarse como delictuosas.
Amparo en revisión en materia de trabajo 3415/34. Sindicato de Trabajadores Ferrocarrileros de la República Mexicana. 16 de abril de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salomón González Blanco.