Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 270776
Época: Sexta Época
Materia(s): Común
Instancia: Tercera Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 14/07/1938 00:00
FIANZA EN EL AMPARO, CANCELACION DE LA, PROCEDIMIENTO.

No debe desecharse de plano el incidente que promueve la cancelación de la fianza otorgada para obtener la suspensión, sino que se dará curso y trámite a ese incidente, ya que para resolverse, necesita de un procedimiento en el que debe darse vista al tercero perjudicado, y siendo esto así, y no señalando la Ley de Amparo reglas conforme a las cuales deba sustanciarse ese incidente, de acuerdo con lo que ordena el último párrafo del artículo 2o. de la Ley de Amparo, debe estarse a lo dispuesto en el Código Federal de Procedimientos Civiles.

Queja 95/66. Industrias Monterrey, S. A. 28 de septiembre de 1966. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.


Sexta Epoca, Cuarta Parte:


Volumen LXXIII, página 30. Queja 237/62. Rafael Padilla Ortiz, sucesión. 3 de julio de 1963. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.


Volumen LIX, página 202. Queja 6/62. Central de Fianzas, S. A. 11 de mayo de 1962. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.


Quinta Epoca:


Tomo LVIII, página 1757. Amparo 422/38. Gerardo C. Kolff. 10 de noviembre de 1938. La publicación no menciona la votación ni el nombre del ponente.


Tomo LVII, página 465. Queja 120/38. "Clemente Jaques y Compañía". 14 de julio de 1938. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.


Nota:


En el Volumen LXXIII, página 30 y Volumen LIX, página 202, esta tesis aparece bajo el rubro "FIANZA EN EL AMPARO, CANCELACION DE LA.".


En el Tomo LVIII, página 1757 y en el Tomo LVII, página 465 esta tesis aparece bajo el rubro "FIANZA PARA LA SUSPENSION, CANCELACION DE LA.".