Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 2026026
Época: Undécima Época
Materia(s): Penal
Tesis: VI.1o.P.6 P (11a.)
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 24/02/2023 10:26
RECURSO DE APELACIÓN EN EL SISTEMA PENAL ACUSATORIO. LA VÍCTIMA U OFENDIDO TIENE LEGITIMACIÓN PARA INTERPONERLO CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL JUEZ DE CONTROL QUE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO TOTAL EN LA CAUSA, Y CONTRA LA SENTENCIA QUE LO RESUELVE PROCEDE EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO.

Hechos: En un proceso penal tramitado conforme a las reglas del sistema penal de corte oral y acusatorio, el Juez de Control decretó el sobreseimiento total en la causa en favor del imputado al haberse cumplido las condiciones impuestas para la suspensión condicional del proceso; la víctima apeló esa determinación y el Tribunal de Alzada confirmó la resolución de primera instancia; sentencia contra la cual la víctima promovió juicio de amparo directo.


Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que la víctima u ofendido está legitimado para interponer el recurso de apelación contra la resolución del Juez de Control que decreta el sobreseimiento total en la causa penal, y contra lo ahí resuelto procede el juicio de amparo directo, al tratarse de una resolución que pone fin al juicio.


Justificación: Se arriba a esa conclusión, porque de la interpretación armónica de los artículos 467, fracción VI y 328 del Código Nacional de Procedimientos Penales, se colige que procede el recurso de apelación contra la resolución que decreta el sobreseimiento en la causa penal, en virtud de que dicha determinación tiene efectos de sentencia absolutoria y pone fin al procedimiento respecto del imputado en cuyo favor se decreta; de ahí que conforme al artículo 459, fracción II, del mismo código, la víctima u ofendido del delito está legitimado para interponer ese medio de impugnación contra la referida resolución de sobreseimiento, al tratarse de una sentencia que pone fin al procedimiento, respecto de la cual procede el juicio de amparo directo.


PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 14/2022. 8 de septiembre de 2022. Unanimidad de votos. Ponente: Alejandra Jarquín Carrasco. Secretario: Raúl Bonilla Hernández.

Esta tesis se publicó el viernes 24 de febrero de 2023 a las 10:26 horas en el Semanario Judicial de la Federación.