Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 928
Clave: I-TS-887
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 2 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 29 del Código Civil.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 12/07/1937 00:00
FORMULARIOS
Si en la fecha en que el causante necesita presentar sus manifestaciones en relación con el Impuesto sobre la Renta no los hay en la Oficina, deja de tener efecto la obligación de presentar sus declaraciones en los formularios expedidos por la Secretaría de Hacienda, ya que si la Ley establece un deber para el causante, también debe entenderse que fija una obligación correlativa para la autoridad, que es la de dar facilidades al interesado para que cumpla con los preceptos de la Ley. Expediente Número 7323/937. Huasteca Petroleum Company Vs. Oficina del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., julio 12 de 1937. Resolución definitiva de la 3a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Julio 1937. p. 2585