Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 12/07/1937
Tesis
Registro digital: 929
Clave: I-TS-888
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 12/07/1937 00:00
DOMICILIO
Para los efectos fiscales no puede considerarse como tal el lugar donde radica una persona, independientemente de su casa habitación, ya que tratándose de leyes de control fiscal, la determinación precisa de éste es base para que la autoridad pueda cumplir con dicho control, no obstante basta que designe el lugar donde reside sin expresar su casa habitación cuando por virtud de deficiencia de la nomenclatura no pueda precisarse, sin que sea necesario que exprese que se trata de un domicilio conocido, por no exigirlo así el artículo 2o. de la Ley de la materia. Expediente Número 7323/937. Huasteca Petroleum Company Vs. Oficina del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., julio 12 de 1937. Resolución definitiva de la 3a. Sala.(Análoga a la tesis "DOMICILIO" sustentada en el expediente 7130/937, Hamilton y Devine, S. en C., Vs. Oficina Federal de Hacienda en Tampico, Tamps., de 5 de julio de 1937).
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Julio 1937. p. 2585