Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 328059
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1900 00:00
TALLERES GRAFICOS, IMPROCEDENCIA DEL PROCEDIMIENTO ECONOMICOCOACTIVO, PARA HACER EFECTIVOS SUS CREDITOS.

Para cobrar el importe de unos trabajos que se hubieran ordenado a los Talleres Gráficos de la Federación, la Tesorería General de la Nación no esta facultada para ordenar a su oficina ejecutora respectiva el uso del procedimiento economicocoactivo, pues el cobro de dichos trabajos debe hacerse en vía distinta de la economicocoactiva.

Amparo administrativo en revisión 4253/41. Sindicato de Obreros revolucionarios de la Fabrica de Metepec. 10 de septiembre de l941. Mayoría de cuatro votos. Disidente y Ponente Manuel Bartlett Bautista.