No corresponde a los jueces federales analizar el valor probatorio de elementos que no fueron apreciados por la autoridad responsable, ya que por la naturaleza del juicio de garantías, los tribunales del amparo no gozan de plena jurisdicción, de tal manera que en materia de pruebas, sólo puede controvertirse en el amparo la violación de las normas reguladoras de la prueba, sin que les esté permitido a aquellos jueces sustituir su criterio al de las citadas autoridades responsables.
Amparo administrativo en revisión 6384/38. International Petroleum Company. 10 de septiembre de l941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Manuel Bartlett Bautista se excusó de conocer este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Gabino Fraga.