Si el acuerdo de un Ayuntamiento, ordenando el pago de adeudos fiscales es ilegal, indudablemente que también lo son los actos posteriores de ejecución, que no son mas que una consecuencia directa e inmediata de dicho acuerdo.
Amparo administrativo en revisión 4017/41. Ayala Juana. 30 de septiembre de l941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Alfonso Francisco Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.