Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 986
Clave: I-TS-945
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 1 y 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta; arts. 48 de la propia Ley y 86 y 88 de su Reglamento y art. 21 del Código Civil para el Distrito Federal.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 21/07/1937 00:00
El cómputo de su término se inicia desde que el Impuesto sobre la Renta es exigible, y tiene este carácter si han transcurrido los veinte días siguientes a la fecha en que se notificó la calificación respectiva.
Expediente Número 1005/937. María Josefina Agraz, Vs. Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta en Saltillo, Coah. México, D.F., julio 21 de 1937. Resolución definitiva de la 5a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Julio 1937. p. 2768