Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 329462
Época: Quinta Época
Materia(s): Administrativa
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 13/01/1940 00:00
MULTAS FISCALES, RECURSO DE REVISION CONTRA LAS.

Las decisiones de la Secretaría de Hacienda, dictadas en revisión de multas menores de cien pesos, impuestas por las Oficinas Federales de Hacienda, no son recurribles ante el Tribunal Fiscal de la Federación, porque precisamente el recurso administrativo de revisión de esas sanciones, se creó para no ocupar la atención del Tribunal Fiscal, en el estudio de multas de menor cuantía y para obviar trámites y formalidades a los interesados. Por lo demás, la resolución de la Secretaría de Hacienda no debe ser revisada por el Tribunal Fiscal en el juicio de oposición, porque de hacerlo, se llegaría a la conclusión inadmisible de que tratándose de multas menores de cien pesos, habría dos recursos ordinarios: revisión ante la Secretaría de Hacienda, y oposición ante el Tribunal Fiscal, y gozarían los infractores de mayores medios de defensa que los que fueren sancionados con multas que excedan de esa cantidad.

Tomo LXIII, página 4655. Indice Alfabético. Amparo 201/40. Compañía Panamericana de Servicios y Refacciones, S. A. 4 de marzo de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Tomo LXIII, página 287. Amparo administrativo en revisión 6579/39. Hamilton y Devine, S. en C. 13 de enero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. La publicación no menciona el nombre del ponente.