Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 329789
Época: Quinta Época
Materia(s): Común
Instancia: Segunda Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 04/11/1939 00:00
SUSPENSION, CUANDO DEBE ESTIMARSE QUE AFECTA EL INTERES GENERAL.

No basta que la autoridad cite en apoyo el acto reclamado en el amparo, una ley que interesa a la comunidad, para negar por ese motivo la suspensión, sino que es preciso que el acto mismo interese a la comunidad.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1143/39. García y García Valeria. 4 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.