La Ley del Impuesto sobre el Azúcar y su Reglamento no constituyen ordenamientos que regulen el funcionamiento y fijen las bases a que debe sujetarse el desarrollo de la industria azucarera, pues sus preceptos tienen el carácter exclusivo de disposiciones fiscales, y persiguen específicamente, el control de los impuestos, para cubrir debidamente el presupuesto federal, de acuerdo con las fracciones VII y XXIX del artículo 73 constitucional, de manera que debe estimarse que el Congreso de la Unión, al expedir esas leyes, no ha legislado propiamente sobre la industria azucarera, y por tanto, no se ha excedido de las facultades que limitativamente le otorga la fracción X del artículo 73 mencionado.
Amparo administrativo en revisión 4515/39. Quiebra de la Sociedad Fernández y Orozco. 11 de noviembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Fernando López Cárdenas.