De los artículos 1o. y 9o. de la Ley de Planificación y Zonificación del Distrito Federal, de 12 de junio de 1936, se desprende, de manera incontrovertible, que es la Comisión de Planificación la única competente para ordenar y aprobar los proyectos de ampliación que se presenten para ensanchar las calles de la Ciudad de México.
Amparo administrativo en revisión 4011/38. Talleres Elcoro, S. A., y coagraviados. 8 de diciembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Agustín Gómez Campos. Relator: José María Truchuelo.