Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1047
Clave: I-TS-1006
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 30/07/1937 00:00
DESIGNACIÓN DE DOMICILIO PARA OÍR NOTIFICACIONES
Según las disposiciones de los ordenamientos procesales, implica la creación de un domicilio procesal, en el que las notificaciones pueden seguir practicándose, a pesar de que se opere un cambio en el domicilio real, o lo que es lo mismo, la aplicación de un procedimiento de ficción jurídica que, por su naturaleza excepcional, no es susceptible de aplicarse sino dentro del ámbito limitado del alcance de la disposición que lo autoriza, y no puede determinar que la notificación que pretende hacerse en ese lugar interrumpa el término para la prescripción de un crédito fiscal. Expediente Número 7996/937. Planta Eléctrica "San Isidro", S.A., Vs. Oficina del Impuesto sobre la Renta y Oficina Federal de Hacienda Número Uno. México, D.F., julio 30 de 1937. Resolución definitiva de la 1a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Julio 1937. p. 2939