Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1050
Clave: I-TS-1009
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA Art. 45 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 30/07/1937 00:00
No determinan para el adquirente la obligación de pagar el impuesto sobre la Renta correspondiente, ya que no se está en el caso de la hipótesis del Art. 45 bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, supuesto que el objeto del contrato no constituye una negociación ni un crédito gravable por ese concepto.
Expediente Número 8817/937. Calméxico Petroleum Company, S.A., Vs. Oficina Federal de Hacienda Número Dos. México, D.F., julio 30 de 1937. Resolución definitiva de la 2a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Julio 1937. p. 2952