Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 377823
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/10/1940 00:00
SALARIOS, PAGO DE DIFERENCIAS DE.

Si unos obreros demuestran que trabajaban ocho horas diaria y el patrono confiesa que los reclamantes recibían un salario de cincuenta centavos por día, la Junta que conoce del conflicto de trabajo está en lo justo si condena al mencionado patrono a pagar las diferencias consistentes entre el salario recibido y el mínimo fijado en la región correspondiente.

Amparo directo en materia de trabajo 4654/40. Simancas Antonio. 5 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.