Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 377825
Época: Quinta Época
Materia(s): Laboral
Instancia: Cuarta Sala
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 05/10/1940 00:00
HECHOS NEGATIVOS, CUANDO ESTAN SUJETOS A PRUEBA.

Si en un conflicto de trabajo demandan los obreros a la empresa respectiva el pago de media hora que no les fue concedida para tomar sus alimentos, y la empresa al contestar la demanda, niega tal hecho, esa negativa constituye una afirmación, consistente en que concedió a sus obreros la mencionada media hora, y en esas condiciones, a ella corresponde la prueba, atento al principio de que los hechos negativos no están sujetos a prueba, salvo cuando la negativa implique una afirmación.

Amparo directo en materia de trabajo 4275/40. Compañía Industrial Jabonera del Pacífico. 5 de octubre de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.