Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1073
Clave: I-TS-1032
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS Arts. 37 y 38 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 31/07/1937 00:00
ARTÍCULO 38 FRACCIÓN X DEL REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
LA RENTA.- No comprende como deducibles las cantidades erogadas por donativos, obsequios de Navidad, extraordinarios, pérdidas de almacén, legales, representación y fianzas de sus empleados, por no tener el carácter de gastos normales para los efectos de dicha disposición. Expediente Número 4660/937. Cía. Minera "La Piedra Bola", S.A., Vs. Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., julio 31 de 1937. Resolución definitiva de la 5a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Julio 1937. p. 3010