Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1132
Clave: I-TS-1085
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 10/08/1937 00:00
Para los efectos del artículo 6 de la Ley del Impuesto sobre Exportación de Capital debe entenderse por tal, el capital contable, o sea la diferencia positiva entre el activo y el pasivo. En tratándose de una sociedad comprende el capital social, las reservas de capital y las utilidades pendientes de aplicación o de reparto, aunque no los dividendos decretados.
Expediente Número 4876/937. Casa Calpini, S.A., Vs. Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Oficina Federal de Hacienda Número Dos. México, D.F., agosto 10 de 1937. Resolución definitiva de la 1a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Agosto 1937. p. 3175