Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1158
Clave: I-TS-1111
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 11/08/1937 00:00
Las facturas que al respecto se expidan los amparan aun con posterioridad a la fecha de expedición, sin que sea menester acreditar con certificaciones expedidas por las Oficinas Federales de Hacienda establecidas en los lugares de tránsito, las diversas fechas en que llegaron a ellos, siendo bastante la certificación de la Oficina Federal de Hacienda relativa a la fecha en que se hizo el embarque.
Expediente Número 7643/937. Sociedad Nacional de Productores de Alcohol, S. de R.L. y de S.P. con C.V., Vs. Secretaría de Hacienda, Oficina de Impuestos sobre Bebidas Alcohólicas y Oficina Federal de Hacienda en Córdoba, Ver. México, D.F., agosto 11 de 1937. Resolución definitiva de la 3a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Agosto 1937. p. 3252