Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 13/08/1937
Tesis
Registro digital: 1176
Clave: I-TS-1129
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 13/08/1937 00:00
FÁBRICA DE ALCOHOL.
El propietario del predio en que se establece la misma., sólo es responsable en los términos del artículo 35 de la Ley del Impuesto sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables, cuando haya tenido conocimiento de la existen de la fábrica, pues así queda demostrado su plena connivencia con el directamente responsable, dándole la posibilidad de defenderse en ese caso. Expediente Número 8778/937. María de los Angeles Verdalles de Burillo Vs. Oficina Federal de Hacienda Número Tres. México, D.F., agosto 13 de 1937. Resolución definitiva de la 3a. Sala. (Análoga a la tesis "ARTÍCULO 35 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE ALCOHOLES, AGUARDIENTES Y MIELES INCRISTALIZABLES", sustentada en el expediente número 1631/937, de Ignacio y Ana Maria Villalobos Vs. Oficina del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas y Oficina Federal de Hacienda en Guadalajara, Jal., de 30 de junio de 1937.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Agosto 1937. p. 3295