Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1207
Clave: I-TS-1160
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA :Art. 48 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, antes y después de su reforma de 29 de diciembre de 1933.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 20/08/1937 00:00
CALIFICACIONES ESTIMATIVAS.
Deben considerarse firmes una vez transcurrido el término de treinta días durante el cual pudieron recurrirse; y, en consecuencia, a partir de esa fecha se inicia el término para la prescripción del adeudo fiscal respectivo. Expediente Número 4051/937. Mariano Dobarganes Vs. Oficina Federal de Hacienda Número Tres. México, D.F., agosto 20 de 1937. Resolución definitiva de la 1a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Agosto 1937. p. 3387