Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1226
Clave: I-TS-1179
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Arts. 41 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 123 de su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 24/08/1937 00:00
Está facultada la Junta Calificadora respectiva, para formularlas cuando requerido el causante para que aclare o corrija sus manifestaciones o para que compruebe los datos que estime pertinentes, cumple el requerimiento en forma tan imperfecta que su contestación no constituye una aclaración integral del dato solicitado.
Expediente Número 5126/937. "La Imperial", S.A., Vs. Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., agosto 24 de 1937. Resolución definitiva de la 1a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Agosto 1937. p. 3434