Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1256
Clave: I-TS-1209
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 26/08/1937 00:00
Tiene en su favor una presunción de veracidad que debe destruirse por la Junta Calificadora respectiva, no pudiendo invocar como motivos para el efecto, el que el causante no haya dado aviso de apertura del negocio o los de que el porcentaje de utilidades se estime bajo, o la partida de jornales no estuviera detallada, ya que esos elementos tan sólo pueden servir de base para que se practique una averiguación y se proceda según el resultado de la misma.
Expediente Número 8312/937. Sociedad Bechara Hermanos, S. de R.L., Vs. Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., agosto 26 de 1937. Resolución definitiva de la 2a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Agosto 1937. p. 3515