Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1259
Clave: I-TS-1212
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 38, frac. XII, del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta; arts. 2233, frac. II, 2142 y demás relativos del Código Civil y art. 7o. de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 26/08/1937 00:00
CÁMARAS.
Deben ser admisibles en cuanto resulten por imperfecciones que las mismas sacaron en su manufactura, defectos de los cuales debe responder por la garantía de la evicción el causante vendedor de las mismas.
Expediente Número 8599/937. Goodrich Ruber Company of México, S.A., Vs. Junta Central Calificadora del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., agosto 26 de 1937. Resolución definitiva de la 4a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Agosto 1937. p. 3526