Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1264
Clave: I-TS-1217
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 86 del Reglamento de la Ley General del Timbre; art. 126 de la Ley antes de la reforma del Decreto de 29 de agosto de 1936 y art. 145, frac. III del propio Ordenamiento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 26/08/1937 00:00
ARTÍCULO 86 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE TIMBRE.
Establece la obligación de presentar ante la Oficina Federal de Hacienda, para que se autoricen, los libros en blanco correspondientes al negocio del causante, sin distinguir el caso de que se trate de los libros iniciales o de los siguientes, por lo que debe estimarse infringido dicho precepto si el causante presenta para su autorización libros que no estén en blanco. Expediente Número 7225/937. Manuel Alvarez Vs. Oficina Federal de Hacienda Número Cuatro. México, D.F., agosto 26 de 1937. Resolución definitiva de la 5a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Agosto 1937. p. 3546