Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1317
Clave: I-TS-1264
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA :Decreto de 18 de mayo de 1927.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 11/08/1937 00:00
La legislación tributaria de México los considera, desde hace años, como intereses que corresponden al Erario Federal por la falta de pago oportuno de los impuestos y no como multas impuestas como consecuencia de infracción a obligaciones fiscales.
Expediente Número 20503/937. Consolidated Oil Companies of Mexico, S.A., Vs. Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., septiembre lo. de 1937. Resolución definitiva de la 3a.
Sala.(Análoga a la tesis "RECARGOS" sustentada en la resolución pronunciada en el juicio 4322/937, de Sucesión de Tirso Garza Vs. Oficina de Impuestos del Timbre y sobre Capitales de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Oficina Federal de Hacienda en Monterrey, N.L., de 6 de mayo de 1937, y "RECARGOS", sustentada en el juicio 5002/937. Arnulfo, Julia y Domitila Cruz Vite Vs. Oficina del Impuesto sobre la Renta.- México, agosto 11 de 1937).
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Septiembre 1937. p. 3747