Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1368
Clave: I-TS-1315
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 08/09/1937 00:00
DEDUCCIÓN POR PAGO DE MULTAS.
No es admisible como gasto normal de una negociación, ya que la imposición de las mismas no puede considerarse como correspondiente a las actividades normales de una negociación mercantil. Expediente Número 8918/937. Cervecería Cruz Blanca, S.A., Vs. Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Junta Calificadora del Impuesto sobre la Renta en el Distrito Federal. México, D. F., septiembre 8 de 1937. Resolución definitiva de la 3a Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Septiembre 1937. p. 3888