Tratándose de recursos, la ley procesal común no es supletoria del Código de Comercio, en virtud de que éste contiene un sistema completo de recursos, a los cuales deben concretarse las contiendas de carácter mercantil.
Quinta Epoca:
Tomo LXX, Pág. 1940. Aiza Juan.
Tomo LXXII, Pág. 1200. Productos Químicos Fletcher, S. A. liquidación judicial.
Tomo LXXXVII, Pág. 1438. Medina Donaciano.
Tomo LXXXVIII, Pág. 430. Grebe Guillermo.
Tomo XCIII, Pág. 2311. Zavala Laura.
Esta tesis apareció publicada, con el NUMERO 248, en el Apéndice 1917-1985, CUARTA PARTE, Pág. 711.