Suprema Corte de Justicia de la Nación
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Tesis
Registro digital: 232535
Época: Séptima Época
Materia(s): Constitucional, Administrativa
Instancia: Pleno
Tipo: Tesis Aisladas
Fuente: Suprema Corte de Justicia de la Nación
Publicación: 01/01/1900 00:00
CONGRESO DE LA UNION, FACULTAD DEL, PARA LEGISLAR EN MATERIA FISCAL EN EL DISTRITO FEDERAL.

El Congreso de la Unión sí tiene facultades para legislar para el Distrito Federal, en materia fiscal. Lo anterior se desprende de lo que al respecto establece la Constitución General de la República en su artículo 73, fracción VI, que faculta expresamente al Congreso de la Unión "para legislar en todo lo relativo al Distrito Federal"; sin que para ello sea obstáculo el que dicho numeral someta el ejercicio de la facultad legislativa a las bases que la propia fracción VI señala, en tanto que la enumeración de dichas bases es de carácter enunciativo y no limitativo. Además, las multicitadas bases son propiamente de carácter orgánico respecto del gobierno del propio Distrito Federal, pero no constituyen enunciado restrictivo alguno en cuanto al ejercicio de la facultad legislativa que es propia del Congreso de la Unión.

Amparo en revisión 5983/79. Francisco Breña Garduño y coagraviados. 23 de septiembre. Unanimidad de diecisiete votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Juan Solórzano Zavala.