El propietario es presunto poseedor de los bienes de que es dueño; por lo que debe estimarse acreditada presuncionalmente la posesión cuando se compruebe el dominio de un inmueble.
Amparo 7236/39. Fidencio Rendón. 16 de enero de 1940. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.