Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1437
Clave: I-TS-1384
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Arts. 38 de la Ley General del Timbre y 37 de su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 23/09/1937 00:00
ARTÍCULO 38 DE LA LEY GENERAL DEL TIMBRE.
El término "periódicamente" que emplea, no aparece limitado a cierto tiempo, por lo que resulta que, para los efectos de la Ley, lo accidental tiene este carácter. En consecuencia, el causante que realice los actos a que el mismo se refiere con intervalos diferentes, está obligado a llevar libro talonario. Expediente Número 7469/937. Guillermo Martínez Zapata Vs. Oficina Federal de Hacienda Número Tres. México, D.F., septiembre 23 de 1937. Resolución definitiva de la 4a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Septiembre 1937. p. 4127