Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 25/09/1937
Tesis
Registro digital: 1447
Clave: I-TS-1394
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Arts. 46 y 59 de la Ley del Impuesto sobre Alcoholes Aguardientes y Mieles Incristalizables y 116, frac. XIV, de su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 25/09/1937 00:00
OFICINAS FEDERALES DE HACIENDA.
Están facultadas en el ramo de alcoholes a instruir los expedientes relativos a infracciones y proponer al Departamento de Impuestos sobre Alcoholes las sanciones correspondientes, por lo que deben sobreseerse los juicios que se promuevan en contra de sus resoluciones en las que se consignen las multas respectivas, pero si se advierte por la contestación a la demanda que presenten ante el Tribunal que, procediendo fuera de su competencia, pretenden darle carácter definitivo a sus determinaciones, deben reservarse los derechos del actor para que, de confirmarse esa suposición pueda acudir desde luego al Tribunal Fiscal de la Federación. Expediente Número 4551/937. Margarita Raigosa de Robles Vs. Oficina Federal de Hacienda en San Miguel Allende, Gto. México, D.F., septiembre 25 de 1937. Resolución definitiva de la 1a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Septiembre 1937. p. 4157