Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1452
Clave: I-TS-1399
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 27/09/1937 00:00
Su aplicación está regida por la norma consignada en el artículo 25 de la Ley del Impuesto sobre la Renta y no por la prevención relativa del Código Civil, por lo que el causante puede rendir prueba de la insolvencia del deudor ante la Secretaría de Hacienda, a fin de que no se apliquen a réditos sino a cuenta del capital.
Expediente Número 82/937. Toribio R. Gutiérrez Vs. Oficina del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., septiembre 27 de 1937. Resolución definitiva de la 2a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Septiembre 1937. p. 4176