Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 01/01/1937
Tesis
Registro digital: 1458
Clave: I-TS-1405
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 32, fracs. I y III, de la Ley del Impuesto sobre Alcoholes, Aguardientes y Mieles Incristalizables y art. 229 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1937 00:00
FACTURAS POR VENTA DE PRODUCTOS ALCOHÓLICOS.
Deben extenderse en favor de los Almacenes Generales de Depósito no obstante la índole de las operaciones que están destinados a realizar, dado que el certificado que expiden atribuye la propiedad de la mercancía depositada a su tenedor, por lo que no hay perjuicio en extenderles dichas facturas. Expediente Número 20013/937. Abascal Hermanos y Compañía Vs. Oficina del Impuesto sobre Bebidas Alcohólicas y Oficina Federal de Hacienda Número Tres. México, D.F., septiembre 27 de 1937. Resolución definitiva de la 3a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Septiembre 1937. p. 4189