Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Mostrando solo tesis del 28/09/1937
Tesis
Registro digital: 1464
Clave: I-TS-1411
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 67, párrafo 2o. de la Ley del Impuesto sobre Ausentismo; arts. 33 y 34 de su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 28/09/1937 00:00
ARTÍCULO 67 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE AUSENTISMO.
Establece como potestativo para los casos del Impuesto sobre la Renta, el uso de las libretas a que se refiere, las que substituye al triplicado de la solicitud, de lo que resulta que no ser puede ser obligatorio para un Banco exigir la exhibición de dichas libretas, bastándole que se llene la solicitud correspondiente por triplicado. Expediente Número 20794/937. Banco Nacional de México, S.A., Vs. Oficina del Impuesto sobre la Renta. México, D.F., septiembre 28 de 1937. Resolución definitiva de la 4ª. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Septiembre 1937. p. 4213