Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Tesis
Registro digital: 1478
Clave: I-TS-1425
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIONES CONSIDERADAS :Art. 31, fracs. I y II de la Ley del Impuesto sobre la Renta y art. 109, inciso B) de su Reglamento.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 30/09/1937 00:00
Sus funciones constituyen operaciones comprendidas en la fracción I del artículo 31 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, ya que no pueden ser desempeñadas sino con conocimiento especial, cuyo conjunto forma su campo de actividad propia; y por lo mismo, basta que con propiedad se designe a las personas que ejercen esas funciones como profesionistas, no siéndoles aplicable la excepción que respecto a la obligación de presentar declaraciones consigna el inciso B) del artículo 109 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Expediente Número 8884/937. Jesús María Siqueiros Vs. Oficina Federal de Hacienda en Agua Prieta, Son. México, D.F., septiembre 30 de 1937. Resolución definitiva de la 4a. Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Septiembre 1937. p. 4257