Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1522
Clave: I-TS-1463
Época: Primera Época
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 01/01/1937 00:00
ACTA DE VISITA
La tesis de que los informes de los inspectores son documentos públicos, que sólo dejan de tener fe cuando se demuestra penalmente la falsedad de los datos que consignan, no es aceptable, porque el artículo 55, fracción IV de la Ley de Justicia Fiscal, reconoce que los actos y resoluciones de las autoridades administrativas pueden impugnarse en la demanda, y esa impugnación puede consistir en prueba que ofrezca el demandante para destruir la validez del documento público. Expediente Número 3530/937. Cervecería de Mexicali, S.A., contra Oficina de Impuestos sobre Bebidas Alcohólicas de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., octubre 5 de 1937. Resolución definitiva de la Quinta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4391