Tribunal Federal de Justicia Administrativa
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Tesis
Registro digital: 1542
Clave: I-TS-1483
Época: Primera Época
Materia(s): DISPOSICIÓN CONSIDERADA : Art. 46 de la Ley de Justicia Fiscal.
Tipo: Aislada, Sala
Fuente: Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Publicación: 06/10/1937 00:00
ACUMULACIÓN
La razón de la economía de los juicios no basta para decretar su acumulación, sino que es necesario que se cumpla por lo menos alguno de los supuestos que plantea el artículo 46 de la Ley de Justicia Fiscal, que dice que procede aunque las partes sean diversas y se invoque distintas violaciones legales, cuando estén pendientes de resolución dos o más juicios intentados contra el mismo acto o contra los varios puntos decisorios de una misma resolución, o contra actos que, aunque diversos, sean unos antecedentes o consecuencias de los otros. Expediente Número 7334/937. José Porrés y Co., contra Junta Central Calificadora del Impuesto sobre Ja Renta y Secretaría de Hacienda y Crédito Público. México, D.F., octubre 6 de 1937. Resolución de acumulación dictada por la Cuarta Sala.
R.T.F.F. Primera Época. Año I. No. s/n. Octubre 1937. p. 4457